Para realizar sus labores en los procesos electorales de 2026”

 “De acuerdo con el Registro Electoral de Encuestadoras del máximo organismo electoral, de enero hasta el 3 de junio de 2025 se han inscrito 14 nuevas empresas”

Un total de 61 empresas encuestadoras tienen licencia vigente y, por tanto, se encuentran en condiciones de ejercer sus labores en las Elecciones Generales (EG 2026) y en las Elecciones Regionales y Municipales (ERM 2026), informó el Jurado Nacional de Elecciones.

De acuerdo con el Registro Electoral de Encuestadoras (REE) del JNE, en el presente año (hasta el 3 de junio) se inscribieron 14 encuestadoras y tienen la licencia vigente. En tanto, otras 289 se encuentran con la licencia cancelada.

La Ley Orgánica de Elecciones (LOE) establece que un requisito indispensable es que cualquier entidad, sea persona natural o jurídica, que pretenda publicar encuestas, sondeos o simulacros de votación en un proceso electoral, debe estar inscrita previamente en el REE. Esto garantiza que solo los estudios de empresas con registro vigente sean válidos para su difusión.

La Dirección Central de Gestión Institucional (DGCI) es la encargada de administrar el REE y de expedir en primera instancia las resoluciones correspondientes en materia de inscripción, renovación o cancelación de inscripción de encuestadoras.

En tanto, a la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales (DNFPE) le compete realizar las acciones pertinentes para fiscalizar las encuestas, sondeos de opinión y proyecciones sobre intención de voto que se difundan o publiquen en los medios de comunicación.

En virtud del Reglamento sobre encuestas electorales aprobado para las EG 2026, estas empresas tienen la obligación de remitir un informe al Jurado Electoral Especial (JEE) de su jurisdicción. Dicho documento deberá presentarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del estudio.

Este debe contener, entre otros elementos, el ámbito del estudio, el tamaño de la población objetivo, tamaño de la muestra, el tipo de muestreo aplicado, instrumento de recolección de datos, el trabajo de campo, los resultados del estudio y su financiación.

Ante el incumplimiento de las disposiciones del reglamento, las encuestadoras pueden ser pasibles de sanciones que van desde la suspensión y cancelación de su inscripción en el REE hasta una multa que varía entre 10 y 100 UIT (53 500 y 535 000 soles).

 

Lima, 4 de junio de 2025